|
|
|
 |
|
|
|
|
|
 |
 |
Todo Riesgo Operativo para Grandes Empresas y/o Industrias |
 |
 |
 |
 |
Esta cobertura brinda la posibilidad de elegir la total protección de su empresa debido a que cubre todos los riesgos que no se encuentran expresamente excluidos, o sea que se trata de una póliza definida por sus exclusiones.
A diferencia de otras pólizas de daños materiales, ésta es de riesgos innominados, mientras que las demás son de riesgos nominados específicamente.
Estructura de Póliza
Daños materiales: se amparan los daños, pérdidas o destrucciones, imprevistos repentinos y accidentales sobre los bienes detallados en la póliza durante su período de vigencia, siempre y cuando no se encuentren expresamente excluidos.
Interrupción de la explotación: se ampara la pérdida de beneficios sufrida por el Asegurado a causa de la interrupción de su negocio y a consecuencia de un hecho amparado bajo la cobertura de daños materiales.
Coberturas adicionales incluidas
• |
Derrame y contaminación de productos |
• |
Seguro técnico- Rotura de maquinarias |
• |
Gastos extraordinarios |
• |
Remoción de escombros |
• |
Daños por agua e inundación |
• |
Falta de frío |
• |
Robo de contenido general |
• |
Robo de valores en caja fuerte |
• |
Robo de valores en tránsito |
• |
Robo de objetos de empleados Seguro técnico - Equipos electrónicos |
• |
Honorarios de profesionales |
• |
Gastos de extinción de incendios |
• |
Obras en curso de elaboración |
Este listado es orientativo y no limitativo y puede adaptarse a las necesidades de cada uno de los riesgos a cubrir.
Deducibles
Por lo amplio de su cobertura, esta póliza contempla una franquicia deducible por todo y cada siniestro que está en función de la magnitud del negocio.
Información
Ésta debe ser lo más completa y certera posible a los efectos de poder identificar la mayor cantidad de elementos que permitan lograr un menor costo de los riesgos a asegurar. Es imprescindible contar con un ANÁLISIS DE RIESGOS de la empresa pormenorizado y juntos, elaborar el mejor presupuesto.

|
|
|
|
 |
 |
Todo Riesgo Construcción / Montaje / Refacciones |
 |
 |
 |
 |
Daños o pérdidas imprevisibles o accidentales debido a cualquier causa, derivados de trabajos de construcción, refacción, montaje, ingeniería, etc.
El seguro de Construcción y Montaje está destinado a amparar en forma integral los riesgos a los que suelen estar expuestos los bienes, inversiones, su interés asegurable en si mismo, de los intervinientes (Propietarios y Socios, Contratistas, Sub-Contratistas, Responsables, etc..) de una Obra, Montaje y/o Refacciones.
El Seguro de Construcción y Montaje se diagrama a medida con el asegurado para cada contrato de construcción y/o montaje.
La vigencia varía dependiendo de la duración del contrato de obra, períodos de puesta en marcha, pruebas y mantenimientos necesarios. Generalmente, todo aquello mencionado en la Memoria Descriptiva de la Obra.
Coberturas que se pueden suscribir:
• |
Cobertura principal de todo riesgo de pérdida o daño material por cualquier causa. |
• |
Daños por ciclón, huracán, tempestad, vientos, inundación, desbordamiento y alza del nivel de aguas, inundación y enfangamiento de plantas de fuerza, hundimiento o deslizamiento del terreno, derrumbes y desprendimiento de tierra o de rocas. |
• |
Daños causados directamente por el contratista en el curso de la ejecución de las operaciones derivadas de la cláusula de mantenimiento del contrato. |
• |
Responsabilidad Civil extracontractual del asegurado por daños materiales producidos a bienes de terceros ocurridos en conexión directa con la ejecución del contrato. |
• |
Responsabilidad Civil extracontractual del asegurado por lesiones corporales, incluyendo la muerte producidas a personas ajenas a la obra. |
• |
Gastos de remoción de escombros. |
• |
Daños por terremoto, temblor, maremoto o erupción volcánica. |
Adicionales que puede contratar:
• |
Huelga, motín y conmoción civil. |
• |
Responsabilidad civil cruzada. |
• |
Período de mantenimiento ampliado. |
• |
Horas y trabajos extra. |
• |
Obras civiles recibidas o puestas en operación. |
• |
Propiedad existente. |

|
|
|
|
 |
 |
Seguro Técnico – Rotura de Maquinarias |
 |
 |
 |
 |
Seguro Técnico
Mediante el Seguro Técnico se pueden cubrir los bienes asegurados contra pérdidas y/o daños materiales externos, siempre que se produzcan en forma accidental, súbita e imprevista y se haga necesario una reparación y/o reposición.
Coberturas Opcionales Específicas
Equipos Electrónicos
Cobertura de todo riesgo para equipos de computación, equipos destinados a la industria y ciencia, máquinas de oficina y telecomunicaciones, equipos médicos y odontológicos, equipos de emisión de radio y televisión, etc.
Equipo de contratistas
Coberturas de daños totales o todo riesgo para máquinas viales, equipos destinados a la construcción y otras actividades. Cobertura adicional de Responsabilidad Civil.
Maquinaria agrícola
Cobertura de daños totales y Responsabilidad Civil para maquinaria agrícola.
Rotura de Maquinarias
Rotura de Maquinarias es un seguro contra accidentes para máquinas.
Cubre daños que pueden suceder de forma súbita, accidental e imprevisible, causando pérdidas de relativa importancia, y haciendo necesaria una reparación o reposición
En general, son asegurables por ejemplo:
• |
máquinas generadoras de energía (calderas, turbinas, generadores), |
• |
máquinas e instalaciones distribuidoras de energía eléctrica (transformadores, instalaciones de alta y baja tensión), |
• |
máquinas de producción y equipos auxiliares (máquinas herramienta, telares, bombas, compresores, recipientes, aparatos, tuberías, etc.). |
Adicional a nuestro Seguro Premium
Pérdida de Beneficio a causa de Rotura de Maquinaria, siempre de manera complementaria de la cobertura de daños materiales por Rotura de Maquinaria.
El Asegurador cubre la pérdida efectiva del BENEFICIO BRUTO o de los GASTOS FIJOS o PERMANENTES, según la modalidad pactada, debido a la disminución del VOLUMEN DE NEGOCIO y/o el aumento en los costos de explotación, causados por una interrupción temporal, total o parcial de la actividad de la empresa asegurada, como consecuencia de un siniestro de daños materiales sufrido por la maquinaria y amparado bajo la cobertura de Rotura de Maquinaria.

|
|
|
|
|
|